domingo, 29 de septiembre de 2019

Cuestión de confianza 





La Cuestión de confianza es una herramienta constitucional con la cual cuenta el Presidente del Consejo de Ministros, para pedir el respaldo expreso del Congreso a una política concreta que busca realizar.

De acuerdo al Tribunal Constitucional, la cuestión de confianza tiene la “finalidad de brindar al Poder Ejecutivo un amplio campo de posibilidades en busca de respaldo político por parte del Congreso, para llevar a cabo las políticas que su gestión requiera”. Esto es, se utiliza por el Poder Ejecutivo para iniciar políticas que requerirán el actuar del Congreso.

Para que se apruebe la Cuestión de confianza, 66 Congresistas deben votar a favor de ésta.
Si la confianza le es rehusada al Presidente del Consejo de Ministros, se produce lo que se define como una “crisis total del gabinete”, y todo el Consejo de Ministros debe renunciar. Además, ninguno de los ministros podría volver a su puesto.

Si el Congreso le ha negado la confianza a dos Consejos de Ministros, el Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso. Una vez que esto ocurre, debe convocar a nuevas elecciones en cuatro meses.
Es necesario considerar que no puede disolverse el Congreso en el último año de su mandato.

De acuerdo a una interpretación de la norma, dado que el Congreso de la República ya le negó la confianza a un gabinete del este gobierno (Fernando Zavala), si el parlamento le negara la confianza al gabinete de Salvador del Solar, el Presidente de la República estaría facultado para disolver el Congreso, quedando en funciones la Comisión Permanente hasta que se convoque a elecciones.






sábado, 28 de septiembre de 2019


Presupuesto participativo




La palabra clave de este instrumento de gestión pública es la prioridad, pues es un trabajo conjunto entre la sociedad civil organizada y el gobierno local, ambos de forma concertada buscan que los recursos públicos sean distribuidos adecuadamente según las necesidades más latentes en su jurisdicción, ello se ve reflejado en proyectos de inversión, administrando adecuadamente los recursos manejados por las autoridades electas democráticamente.

En este proceso se ven como principales artífices, los representantes de las organizaciones con previa inscripción, deben contar con residencia jurisdiccional con una vigencia no menor a seis meses, este grupo buscara votar y presentar propuestas de proyectos. Debido a la tecnología estos podrán hacer la votación correspondiente vía web.

Lo que busca el presupuesto participativo es como tal la construcción de una propuesta concertada, de forma democrática y participativa. Busca la construcción de valores democráticos y de convivencia ciudadana. Además de ello tal como presentamos en el primer punto cuando hablábamos de la ley de transparencia, esta permite su cumplimiento.




jueves, 26 de septiembre de 2019


Relación entre lo jurídico y lo político





En los campos del conocimiento, la fluidez se hace evidente, pues su existencia es de los libros de texto. Se entrelaza por una parte la legitimidad y la validez de un orden normativo. Como expresión máxima de esta ambigüedad esta la constitución de una nación, ya que forma una simbiosis directa entre el pacto político y la norma fundamental.

Sobre este aspecto, el filósofo alemán Immanuel Kant afirma que “no basta para este fin la voluntad  de todos los individuos de vivir en una constitución legal según los principios de la libertad (la unidad distributiva de la voluntad de todos). Sino que es preciso, además, que todos conjuntamente quieran esta situación (unidad colectiva de la voluntad unificada) para que se instituya el todo de la sociedad civil” (Madrid: Alianza 2009, 84-85).

El solo hecho de vivir en una constitución exige lealtad a un marco normativo de acción común. La razón de lo político debe ceder ante la razonabilidad de lo jurídico. En este sentido el puente entre lo jurídico y lo político es una actitud ética. En el sentido de las instituciones existentes, se trata de poner ecuánimemente un marco jurídico que permita su correcta administración, de esta manera se busca el bienestar común.






miércoles, 25 de septiembre de 2019


Ley de transparencia


Esta se refiere a la oportunidad del ciudadano de a pie, pues este puede acceder a la información referida inversiones y acciones públicas realizadas por sus autoridades. Es un derecho de información que cuenta con triple objetivo:

-          - Garantizar el derecho de los ciudadanos  a acceder a la información.
-          - Obligar a las distintas administraciones a ser transparentes



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   Fiscalizar la actividad pública, en ese sentido se refiere a el establecimiento de las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento.

Los ciudadanos tienen derecho a la información pública, tal cual lo afirma la ley 27806, ley de transparencia y acceso a la información pública, es esta la norma que regula y dispone las excepciones al derecho de acceso a la información (a través de los artículos 15°, 15°A y 15°B), estos deben aplicarse por encima de toda norma de carácter general o de mayor antigüedad.

Es principalmente un mecanismo anticorrupción. En tal sentido el artículo 139° numeral 4° de la constitución  reconoce el principio de publicidad, de manera que todo proceso relacionado con la responsabilidad de funcionarios del estado es siempre público. Según la defensoría del pueblo en su informe defensoría N°96, señala que a esta clase de publicidad se lo conoce como externa o extraprocesal, pues esta información llegara a terceros sin la necesidad de ser parte del proceso.






EL MITO DE : CUANDO LA MAYORÍA ESTÁ EQUIVOCADA, ¿LA MAYORÍA TIENE LA RAZÓN?



Dany La Torre Bernedo
Ruth Zimmerling nos devela en su escrito, los mitos de la opinión pública, detalles abundantes sobre la influencia del tema en mención, es decir la opinión pública, hacia una sociedad que va desde el siglo pasado hasta nuestros días, en este aspecto debemos mencionar a otro autor importante del siglo XX, hablamos de Popper, quien distinguió en primera instancia el peligro de esta relevante parte política, que afecta aún a los gobiernos sin democracia, se va desglosando el concepto de opinión pública por ambos autores como un arma de doble filo, que de alguna manera quita la individualidad de cada miembro de una vasta sociedad.


No siempre la opinión de la mayoría representa lo mejor para una nación, menciona que existen diversos tipos de parámetros de la opinión pública, dentro de ellos está la forma egocéntrica de la misma, y tal como la califica Popper es una forma irresponsable de poder. En tal sentido creo que la opinión pública desde el punto de vista política es solo un gran utopía que posibilita que los grandes grupos de poder sigan manteniéndose donde están abusando de un gran mayoría cegada por la fría y avasalladora sombra de la ignorancia.




lunes, 23 de septiembre de 2019

Ley de las telecomunicaciones en Perú

Ley de las telecomunicaciones, inversión en las TIC


¿Qué son los servicios públicos de telecomunicaciones?

-       -  Los servicios de telecomunicaciones son elementos de emisión, transmisión y recepción de datos, textos, imágenes, voz e información a traces de cables o espectro radioeléctricos.




A través del paso del tiempo, las distintas tecnologías han presentado una variación exponencial en cuanto de alcance geográfico se trate, así como la cantidad de información proporcionada para recibir como emitir mediante las TIC. Por tanto las leyes de telecomunicaciones en nuestro país deben actualizarse acorde a las necesidades y la vanguardia que el avance tecnológico representa, desde el año 1993 (ley actual de las telecomunicaciones en el país) se versa la moderación e impulso de redes fijas, tales como los teléfonos en casa mediante administración del estado.

Sin embargo esta noción se halla desfasada tomando a consideración que en la actualidad es la telefonía móvil la que se halla en auge y por tanto debiera ser prioridad en la ley. Se omite además que el Internet como fuente de información universal debe ser de transito libre para todos los ciudadanos y así debiera estar al alcance de todos los peruanos.
Esto hace evidente una brecha digital que imposibilita las emergentes cadenas de información. Se omite además el analfabetismo digital; esto significa que no solo debemos tener alcance de las nuevas tecnologías, sino también el hecho de sacar provecho de su uso.

La ley debe permitir que las TIC se desarrollen, promover los incentivos necesarios e incentiven la inversión privada. La simplificación administrativa en tanto se trate de los contratos para con los clientes y a su vez incentive el acceso a estas tecnologías. Evitar el incremento de precios en cuanto se trate  de infraestructura y servicios. Además de lo ya mencionado, se debiera considerar que se vende juntos con estas tecnologías servicios y contenidos; por tanto el estado debe impulsar una política pública de desarrollo de tecnologías de la información accesible para todos.





García Márquez y el periodismo mágico  Cuesta imaginarlo vestido con toga, pero en 1947, cuando el realismo todavía no era mágico...